Vittorio abrió la puerta y se sorprendió al ver a su brazo derecho, Rocco, al otro lado. El capo entró en la suite del hotel en el que Vittorio y Ellis se hospedaban, con un sobre amarillo en sus manos. Se inclinó respetuosamente ante Vittorio y le entregó el sobre.
- Don Vittorio, aquí está el contrato de matrimonio actualizado. Todavía necesita firmarlo, pero creo que es mejor que lo lea primero. - dijo Rocco, manteniéndose inmóvil frente a Vittorio.
Vittorio miró el sobre y frunció el ceño.
- ¿No puedes esperar hasta mañana, Rocco? Ellis está cambiándose en el baño y no quiero que lo vea ahora. - respondió, señalando la puerta del baño.
- Don Vittorio...
- Ahora no es un buen momento para hablar de esto, Rocco. - respondió Vittorio con una voz fría. - Vete y llévate esto contigo.
- Pero Don Vittorio, usted pidió que lo entregara lo antes posible. - Recordó Rocco.
- Sí, pero no en mi noche de bodas. - Exclamó Vittorio.
Ellis salió del baño para ver qué estaba sucediendo y se encontró con Vittorio y Rocco en la habitación.
- Rocco, ¿qué estás haciendo aquí? - preguntó ella, preocupada.
Vittorio la miró y luego a Rocco al otro lado de la puerta.
— Es un asunto de negocios. - Respondió el mafioso.
— Rocco, ¿este es mi contrato de matrimonio, verdad? - Preguntó Ellis al Capo de Don Vittorio mientras señalaba el sobre amarillo.
— Sí, señora. - Admitió Rocco.
— Muy bien, entra Rocco. - Ordenó Ellis a Rocco, quien miró sorprendido a Vittorio. Ella arregló su bata negra y miró a Vittorio con ojos fríos. - Vamos a resolver esto de una vez.
Vittorio pareció avergonzado por un momento, pero luego recuperó la compostura.
— Ellis, no es lo que estás pensando. Solo quería que tuviéramos nuestra primera noche de bodas antes de tratar este asunto. El contrato puede esperar. - Trató de justificar Vittorio.
— Los negocios no esperan, Don Vittorio. - Dijo Ellis mientras sacudía la cabeza con desprecio. - Ese es su lema, ¿recuerda?
Ella tomó el sobre amarillo de la mano de Rocco y comenzó a leer el contrato, sin prestar mucha atención a Vittorio. El mafioso suspiró y miró a Rocco:
— Está bien, Rocco. Puedes esperar afuera por ahora. Necesito hablar con Ellis sobre esto antes de firmar. - Dijo él, indicando la puerta con la cabeza.
Rocco asintió con la cabeza y salió silenciosamente de la habitación, cerrando la puerta detrás de él.
Ellis continuó leyendo el contrato con atención, sin dar señales de que fuera a detenerse.
CLÁUSULA PRIMERA - DEL RÉGIMEN DE BIENES
1.1. El régimen de bienes del matrimonio será el de separación total de bienes, en el cual todos los bienes, muebles o inmuebles, adquiridos por cualquiera de los contrayentes, antes o durante el matrimonio, permanecerán como propiedad individual del contrayente que lo adquirió, sin comunicarse, excepto cuando se adquieran en copropiedad.
1.2. En caso de disolución del matrimonio, los bienes adquiridos por cualquiera de los contrayentes durante su vigencia no se repartirán entre los contrayentes.
CLÁUSULA SEGUNDA - DE LOS BIENES Y DERECHOS ANTERIORES A LA VIGENCIA DEL MATRIMONIO
2.1. EL PRIMER CONTRAYENTE declara ser propietario de los bienes y titular de los derechos que se discriminan a continuación, habiendo sido adquiridos antes del inicio de la vigencia del matrimonio regulado en este pacto, que sumados totalizan:
Valor: $ 32,850,199,058.75 (Treinta y dos mil ochocientos cincuenta millones, ciento noventa y nueve mil cincuenta y ocho dólares y setenta y cinco centavos).
2.2. EL SEGUNDO CONTRAYENTE declara ser propietario de los bienes y titular de los derechos que se discriminan a continuación, habiendo sido adquiridos antes del inicio de la vigencia del matrimonio regulado en este pacto, que sumados totalizan:
Valor: -$ 500,000.00 (quinientos mil dólares negativos).
2.3. Los bienes adquiridos antes de la vigencia del matrimonio serán considerados bienes particulares de su respectivo titular, así como los subrogados en su lugar, incluso durante el curso del matrimonio.
2.4. Los bienes adquiridos durante la vigencia del matrimonio serán propiedad particular del cónyuge que los adquiera y no se comunicarán entre los cónyuges, así como los subrogados en su lugar.
CLAUSULA TERCERA - DE LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y DE LA RELACIÓN DE LA PAREJA (DESDE EL COMPROMISO HASTA LA LUNA DE MIEL)
3.1. Los gastos serán pagados por el PRIMER CONTRAYENTE, de modo que atenderá a sus propios gastos y contribuirá con los gastos de la pareja y del SEGUNDO CONTRAYENTE en proporción a sus obligaciones, de la siguiente manera:
3.1.1. CENA DE COMPROMISO: La participación del SEGUNDO CONTRAYENTE en la cena de compromiso será de carácter obligatorio, contribuyendo activamente al buen relacionamiento con los invitados, familiares del PRIMER CONTRAYENTE, así como con el propio PRIMER CONTRAYENTE. Además, se definirá también la obligación de:
3.1.1.1. DISCURSO: VALOR: $15.000
3.1.1.2. RELATO DEL PRIMER ENCUENTRO DE LA PAREJA: VALOR: $15.000
3.1.1.3. ATENCIÓN A LOS INVITADOS Y FAMILIARES: VALOR: $20.000
Lo que implicará el pago del valor total de $50.000 (cincuenta mil dólares), en caso de que sea satisfactorio para el PRIMER CONTRAYENTE. El valor será pagado por el PRIMER CONTRAYENTE, en forma de depósito a ser efectuado de inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
3.1.2. MATRIMONIO: La participación del SEGUNDO CONTRAYENTE en la boda será obligatoria, contribuyendo activamente al buen relacionamiento con los invitados, familiares del PRIMER CONTRAYENTE, así como con el propio PRIMER CONTRAYENTE. Además, en esta cláusula se definirá la obligación de:
3.1.2.1. elegir la vestimenta adecuada para la boda, maquillaje y peinado: VALOR: $10,000
3.1.2.2. elaborar y pronunciar los votos: $10,000
3.1.2.3. Beso de la ceremonia (APASIONADO): VALOR: $10,000
3.1.2.4. Corte de la torta de los recién casados: VALOR: $10,000
3.1.2.5. Baile de los novios: VALOR: $10,000
Esto implicará el pago del valor total de $50,000 (cincuenta mil dólares), si es satisfactorio para el PRIMER CONTRAYENTE. El valor será pagado por el PRIMER CONTRAYENTE, mediante depósito inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
3.1.3. NOCHE DE BODAS: La participación del SEGUNDO CONTRAYENTE en la noche de bodas será obligatoria, contribuyendo activamente al buen relacionamiento con el PRIMER CONTRAYENTE. En esta cláusula se definirá la obligación de:
3.1.3.1. elegir la vestimenta adecuada para la noche de bodas, maquillaje y peinado: VALOR: $10,000
3.1.3.2. PRIMERA RELACIÓN SEXUAL:
Esta cláusula se cumplirá de acuerdo con el INTERÉS del PRIMER CONTRAYENTE, definido de la siguiente manera:
a) UNA RELACIÓN SEXUAL EN LA PRIMERA NOCHE: VALOR: $100.000.
b) DOS RELACIONES SEXUALES EN LA PRIMERA NOCHE: VALOR: $200.000.
c) TRES O MÁS RELACIONES SEXUALES EN LA PRIMERA NOCHE: VALOR: $400.000.
EN CASO DE QUE EL SEGUNDO CONTRAYENTE SEA VIRGEN:
VALOR: $500.000.
Lo que implicará el pago de la suma de los valores, si es satisfactorio para el PRIMER CONTRAYENTE. El valor será pagado por el PRIMER CONTRAYENTE, en forma de depósito que se efectuará de inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
3.1.4. LUNA DE MIEL: La participación del SEGUNDO CONTRAYENTE en la luna de miel de siete días será de carácter obligatorio, contribuyendo activamente a la buena relación con el PRIMER CONTRAYENTE. En esta cláusula se definirá la obligación de:
3.1.4.1 PARTICIPAR EN TODAS LAS COMIDAS:
VALOR: $5000 (POR DÍA).
3.1.4.2 PARTICIPAR EN TODAS LAS ACTIVIDADES RECREATIVAS (POR ACTIVIDAD):
VALOR: $5000.
3.1.4.4 ABRAZOS Y MUESTRAS DE CARIÑO:
a) ABRAZO:
VALOR: $500.
b) CARIÑO EN EL CABELLO: $500.
c) CARIÑO EN EL CUELLO: $750.
d) EN OTRAS PARTES DEL CUERPO: $250.
Esta cláusula no celebra la MASTURBACIÓN.
3.1.4.3 BESO:
a) UN BESO DURANTE LA LUNA DE MIEL: VALOR: $2000
b) DOS BESOS DURANTE LA LUNA DE MIEL: VALOR: $2500
c) TRES BESOS DURANTE LA LUNA DE MIEL: VALOR: $4000 POR CADA BESO SATISFACTORIO.
Los besos intercambiados entre los CONTRAYENTES deben demostrar cariño, atención y sobre todo pasión para ser validados.
3.1.4.4 BAILE:
Cada canción bailada por los CONTRAYENTES tendrá el siguiente valor: VALOR: $1000.
3.1.4.5. RELACIÓN SEXUAL:
Esta cláusula se cumplirá de acuerdo con el INTERÉS del PRIMER CONTRAYENTE, definido de la siguiente manera:
a) UNA RELACIÓN SEXUAL DURANTE LA LUNA DE MIEL: VALOR: $20.000
b) DOS RELACIONES SEXUALES DURANTE LA LUNA DE MIEL: VALOR: $40.000
c) TRES RELACIONES SEXUALES DURANTE LA LUNA DE MIEL: VALOR: $40.000 POR CADA RELACIÓN SATISFACTORIA.
Lo cual implicará el pago de la suma de los valores en caso de ser satisfactorio para el PRIMER CONTRAYENTE. El valor será pagado por el PRIMER CONTRAYENTE mediante depósito que se realizará de inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
CLÁUSULA CUARTA - DE LAS OBLIGACIONES MATRIMONIALES DE LA PAREJA
4.1. Los gastos del hogar serán pagados por el PRIMER CÓNYUGE, quien cubrirá sus propios gastos y contribuirá con los gastos de la pareja y del SEGUNDO CÓNYUGE en proporción a sus obligaciones, de la siguiente manera:
4.1.1. BESOS: El SEGUNDO CÓNYUGE podrá, opcionalmente, contribuir activamente a una buena relación con el PRIMER CÓNYUGE, intercambiando besos intensos y apasionados con él. Cada beso implicará el pago de $1000 (mil dólares), si es satisfactorio para el PRIMER CÓNYUGE. Si el beso es iniciado por el PRIMER CÓNYUGE, el pago será la mitad del valor previsto. El pago será efectuado por el PRIMER CÓNYUGE mediante depósito inmediato en la cuenta del SEGUNDO CÓNYUGE.
NOTA: LOS BESITOS NO SERÁN CONTABILIZADOS.
4.1.2. ABRAZOS Y MIMOS: El SEGUNDO CONTRAYENTE podrá, de manera opcional, contribuir activamente para una buena relación con el PRIMER CONTRAYENTE, intercambiando cariños y abrazos con él. Cada abrazo implicará un pago de $250 (doscientos cincuenta dólares), intercambios de caricias por valor de $400 (cuatrocientos dólares), si es satisfactorio para el PRIMER CONTRAYENTE. El valor será pagado por el PRIMER CONTRAYENTE, mediante depósito a ser efectuado de inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
4.1.3. RELACIÓN SEXUAL: El SEGUNDO CONTRAYENTE podrá, de manera opcional, contribuir activamente para una buena relación con el PRIMER CONTRAYENTE al tener relaciones sexuales con él. Cada relación sexual implicará un pago de $20.000 (veinte mil dólares), que podrán ser aumentados en caso de MASTURBACIÓN (5000 DÓLARES), SEXO ORAL (10.000 DÓLARES) y que sea satisfactorio para el PRIMER CONTRAYENTE. El valor será pagado por el PRIMER CONTRAYENTE, mediante depósito a ser efectuado de inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
4.1.4. HIJOS: EL SEGUNDO CONTRAYENTE podrá, opcionalmente, contribuir activamente para mantener una buena relación con el PRIMER CONTRAYENTE si tienen hijos juntos. Cada hijo implicará el pago de $300.000 (trescientos mil dólares) si se comprueba la legitimidad del progenitor. El pago deberá ser realizado por el PRIMER CONTRAYENTE, mediante un depósito inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
4.1.5. ADMINISTRACIÓN DEL HOGAR: EL SEGUNDO CONTRAYENTE podrá, opcionalmente, contribuir activamente para mantener una buena relación con el PRIMER CONTRAYENTE al administrar la residencia de los CONTRAYENTES. Cada tarea realizada en beneficio del hogar implicará el pago de $50.000 (cincuenta mil dólares), que se duplicarán si el SEGUNDO CONTRAYENTE organiza eventos sociales satisfactorios para el PRIMER CONTRAYENTE. El pago deberá ser realizado por el PRIMER CONTRAYENTE, mediante un depósito inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
4.1.6. EVENTOS SOCIALES: EL SEGUNDO PROMETIDO puede, opcionalmente, contribuir activamente a mantener una buena relación con el PRIMER PROMETIDO asistiendo a eventos con él. Cada evento social implicará el pago de $ 5000 (cinco mil dólares), aumentando al doble si el SEGUNDO PROMETIDO baila con el PRIMER PROMETIDO, o en su lugar por el valor de cualquiera de las obligaciones de las otras cláusulas del contrato que sea satisfactorio para el PRIMER PROMETIDO. El valor será pagado por el PRIMER PROMETIDO, mediante depósito inmediato en la cuenta del SEGUNDO PROMETIDO.
4.1.7. VACACIONES: EL SEGUNDO PROMETIDO puede, opcionalmente, contribuir activamente a mantener una buena relación con el PRIMER PROMETIDO tomando vacaciones con él. Cada vacación implicará el pago de $ 15,000 (quince mil dólares), aumentando por el valor de cualquiera de las obligaciones de las otras cláusulas del contrato que sea satisfactorio para el PRIMER PROMETIDO. El valor será pagado por el PRIMER PROMETIDO, mediante depósito inmediato en la cuenta del SEGUNDO PROMETIDO.
4.1.8. ACCIDENTES, ENFERMEDADES Y OTRAS ENFERMEDADES: El SEGUNDO CONTRAYENTE podrá, opcionalmente, contribuir activamente a una buena relación con el PRIMER CONTRAYENTE, al asistir al hospital en caso de enfermedad, accidentes y otras enfermedades que puedan afectar al PRIMER CONTRAYENTE, y cuidarlo si es necesario. Cada una de las situaciones descritas implicará el pago de $ 2,000 (dos mil dólares), si es satisfactorio para el PRIMER CONTRAYENTE. El monto será pagado por el PRIMER CONTRAYENTE, mediante depósito inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
NOTA: EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL PRIMER CONTRAYENTE, CONSULTAR EL TESTAMENTO VINCULADO.
4.1.9. DE LOS SENTIMIENTOS: El SEGUNDO CONTRAYENTE podrá, opcionalmente, contribuir activamente a una buena relación con el PRIMER CONTRAYENTE, al demostrar algún tipo de sentimiento hacia el PRIMER CONTRAYENTE. En caso de que el SEGUNDO CONTRAYENTE se enamore del PRIMER CONTRAYENTE, implicará el pago de $ 500,000 (quinientos mil dólares), más el doble si el SEGUNDO CONTRAYENTE declara verdaderamente que ama al PRIMER CONTRAYENTE y si es satisfactorio para el PRIMER CONTRAYENTE. El monto será pagado por el PRIMER CONTRAYENTE, mediante depósito inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
NOTA: SI EL PRIMER CONTRAYENTE SE ENAMORA, EL MONTO SERÁ DOS VECES MÁS DE LO PREVISTO EN ESTA CLÁUSULA. SI AMA, EL MONTO SERÁ CUATRO VECES MÁS DE LO PREVISTO EN ESTA CLÁUSULA.
4.1.10. TRAICIÓN: El PRIMER CONTRAYENTE podrá, opcionalmente, mantener relaciones sexuales extramatrimoniales, si el SEGUNDO CONTRAYENTE está de acuerdo. En caso de que el PRIMER CONTRAYENTE tenga relaciones extramatrimoniales, implicará el pago de $ 5000 (cinco mil dólares) por cada caso. El valor será pagado por el PRIMER CONTRAYENTE, mediante depósito que deberá hacerse de inmediato en la cuenta del SEGUNDO CONTRAYENTE.
CLÁUSULA QUINTA - VIGENCIA
5.1. El presente contrato prenupcial tendrá vigencia a partir de la fecha del matrimonio de los CONTRAYENTES y termina con el pago del valor de QUINIENTOS MIL DÓLARES al SEGUNDO CONTRAYENTE, en caso de cumplir con las obligaciones previstas.
5.1.1. El PRIMER CONTRAYENTE puede, en carácter excepcional, renunciar a las obligaciones del SEGUNDO CONTRAYENTE y solicitar la disolución del matrimonio, del presente contrato y del pago de este contrato.
5.2. Al final de la vigencia, el PRIMER CONTRAYENTE debe otorgar al SEGUNDO CONTRAYENTE la disolución del matrimonio, así como el total de todos los valores debidos al SEGUNDO CONTRAYENTE.
5.3. Por el presente instrumento, las partes se comprometen a obedecer los deberes de lealtad, respeto y asistencia, y de cuidado, sustento y educación de los hijos.
CLÁUSULA SEXTA - CONCORDANCIA
6.1. Los CONTRAYENTES declaran tener pleno entendimiento del presente acuerdo, conociendo y estando de acuerdo con su carácter vinculante, así como que este revertirá en beneficio de ellos y sus respectivos herederos, sucesores y beneficiarios.
CLAUSULA SÉPTIMA - DEL FORO
7.1. Las partes eligen el foro de Nueva York para resolver cualquier duda relacionada con el cumplimiento de este instrumento.
Y, por estar de acuerdo y convenido, los CONTRAYENTES celebran y firman este instrumento en dos copias iguales, en presencia de los testigos abajo nombrados e indicados, que también lo suscriben, para que surta sus efectos legales.
Nueva York, nueve de abril.
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Vittorio Amorielle
PRIMER CONTRAYENTE
___________________________________________
Ellis Barker
SEGUNDO CONTRAYENTE
TESTIGOS:
1) __________________________________
Nombre:
2) __________________________________
Nombre:
Vittorio la observó en silencio, sintiéndose mal por la forma en que estaba lidiando con la situación. Sabía que el matrimonio era una farsa, pero nunca había parado a pensar en cómo se sentiría Ellis.
— Ellis, perdóname, no deberíamos estar hablando de esto ahora... Mucho menos de la nueva cláusula de traición... - Empezó Vittorio, recibiendo una mirada congelante de Ellis.
— ¿Por qué no? Todo lo que hemos estado tratando es sobre eso. De hecho, todo esto es un gran negocio - Comentó Ellis mientras miraba fijamente al mafioso.
— Lo sé, pero quería que esta noche fuera diferente, no quería que tuvieras que lidiar con esto. Le pedí a Alessio que lo añadiera porque estaba enojado contigo. Pero ahora estoy preocupado...
—No te preocupes por mí, Don Vittorio. Sé muy bien cómo lidiar con situaciones de negocios. - Extendió la mano y ordenó: — La pluma, por favor.
Vittorio tomó la pluma que estaba en su bolsillo y se la entregó a Ellis.
— Prometo hacer todo lo que esté a mi alcance para hacer esto más fácil para ti - dijo, acercándose a ella.
— Ahora quieres hacer las cosas fáciles. Es gracioso, porque podrías no haberme obligado a casarme contigo. Pero entonces no serías el todopoderoso Don Vittorio. Y yo no sería la mujer que compraste - Respondió ella, firmando el contrato con la pluma. Luego, lanzó el contrato a Vittorio y se levantó diciendo: — Te espero en la habitación.
Vittorio suspiró de nuevo, sabiendo que no podía cambiar la situación. Se sentó en la silla, observando a Ellis irse a la habitación sin mirar atrás.
Sabía que su relación no sería fácil, pero esperaba que con el tiempo pudiera hacer que Ellis se enamorara de él de verdad. Por ahora, tendría que conformarse con ser solo un esposo por contrato.